EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA N° 1.470/94.-
ARTICULO 1°: Declárese de utilidad publica y pago
obligatorio para los propietarios o poseedores a titulo de dueño de las
parcelas con frente a la obra, la ejecución de la ampliación de la red de
desagües Cloacales, en las siguientes calles: conforme expediente N°
4029-2765/94:
1)- DUBERTY e/Av. Garay y Pringles (par).-
2)- CORRIENTES e/ Junín y La Plata (par).-
3)- PRIMERA JUNTA e/ F.Oliden y A. Dominguez (par).-
4)- LINIERS e/ San Luis y Salta (impar).-
5)- BUENOS AIRES e/ Junín y F. Oliden (par).-
6)- CONESA e/San Luis y Salta (par).-
7)- JUNIN e/Primera Junta y Buenos Aires (impar).-
8)- PRIMERA JUNTA e/ F.Oliden y A. Dominguez (impar).-
9)- PRIMERA JUNTA e/ Junín y La Plata (par).-
10)- USPALLATA e/ 9 de Julio y 25 de Mayo (par).-
11)- SARMIENTO e/ Liniers y Pintos (Impar).-
12)- LINIERS e/ San Luis y Santiago del Estero (par).-
13)- DORREGO e/ Av. M. M. Gil y Andes (par).-
14)- 25 DE MAYO e/ Dorrego y Uspallata (impar).-
15)- VILLEGAS e/ Entre Ríos y Corrientes (impar).-
16)- ZAPIOLA e/ Espora y Sargento Cabral (impar).-
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.——————————————————————————————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, AL PRIMER DIA DEL MES DE SEPTIEMBRE, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.-