EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

ORDENANZA N° 1.504/94.-

 

ARTICULO 1°: Autorízase a la Comisión Cooperadora
del Hospital de Rawson, a la utilización del espacio público, en Zona
Suburbana Sección Quinta, para la realización de carreras de caballos mismo
año, en caso de mal tiempo posponerse para el día 15 de Enero y el 12 Febrero
del 95.—————————

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.——————————————————————————————-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE, DEL AÑO
MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.