EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente

 

 

ORDENANZA N° 1.520/95.-

 

 

ARTICULO 1: Declárese de
utilidad Pública y pago obligatorio para los propietarios o poseedores a
título de dueño de las parcelas con frente a la obra, la ejecución de la
ampliación de la red de desagües Cloacales en las siguientes calles: conforme
las constancias obrante en el expediente nro. 4029-5204/94.-

CNL. PRINGLES e/ Azcuenaga y Viamonte ( acera impar).-

ESPORA e/ La Plata y Junín (acera impar).-

CONESA e/ San Luis y Salta (acera par).-

QUINTANA e/ San Martín y Pueyrredón (acera impar).-

VIAMONTE e/ Conesa y Guemes (acera impar).-

VIAMONTE e/ Pintos y Conesa (acera impar).-

VIAMONTE e/ Guemes y Castelli (acera impar).-

AV. GARAY e/ Sosa y F. Aérea (acera impar).-

LAPRIDA e/ Sosa y F. Aérea (acera impar).-

F. AEREA e/ Sosa y A. Garay y Laprida (acera impar).-

F. AEREA e/ Av. Garay y Laprida (acera impar).-

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e
inscríbase.—————————————————————————————-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO
.-