EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA N° 1.520/95.-
ARTICULO 1: Declárese de
utilidad Pública y pago obligatorio para los propietarios o poseedores a
título de dueño de las parcelas con frente a la obra, la ejecución de la
ampliación de la red de desagües Cloacales en las siguientes calles: conforme
las constancias obrante en el expediente nro. 4029-5204/94.-
CNL. PRINGLES e/ Azcuenaga y Viamonte ( acera impar).-
ESPORA e/ La Plata y Junín (acera impar).-
CONESA e/ San Luis y Salta (acera par).-
QUINTANA e/ San Martín y Pueyrredón (acera impar).-
VIAMONTE e/ Conesa y Guemes (acera impar).-
VIAMONTE e/ Pintos y Conesa (acera impar).-
VIAMONTE e/ Guemes y Castelli (acera impar).-
AV. GARAY e/ Sosa y F. Aérea (acera impar).-
LAPRIDA e/ Sosa y F. Aérea (acera impar).-
F. AEREA e/ Sosa y A. Garay y Laprida (acera impar).-
F. AEREA e/ Av. Garay y Laprida (acera impar).-
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e
inscríbase.—————————————————————————————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.-