EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

ORDENANZA N° 1.614/95.-

 

ARTICULO 1°: Declárese de utilidad pública y pago
obligatorio para los propietarios o poseedores a título de dueño con frente a
la obra, "Cordón Cuneta en Rawson (II Etapa), en las siguientes calles:

 

-CIRILO SANGIANI e/ Avda. Buenos Aires y Chacabuco.-

-CIRILO SANGIANI e/ Rivadavia y Moreno.-

-RIVADAVIA e/ Sangiani y B. Mitre.-

-B. MITRE e/ Rivadavia y Moreno.-

-MORENO e/ B. Mitre y Sangiani.-

-MORENO e/ Sangiani 9 de Julio.-

– MORENO e/ 9 de Julio y San Martina.-

-MORENO e/ San Martín y 25 de Mayo.-

-MORENO e/ 25 de Mayo y Vieytes.-

-9 DE Julio e/ Moreno y Belgrano.-

-BELGRANO e/ 9 de Julio y San Martín.-

-SAN MARTIN e/ Moreno y Belgrano.-

-SAN MARTIN e/ Belgrano y Avda. Vieytes.-

-25 DE MAYO e/ Moreno y Belgrano.-

Belgrano e/ SAN Martín y Avda. Vieytes.-

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.—————————————————————————————-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO
.-