ELHONORABLE CONCEJO DE DELIBERANTE DE CHACABUCO

ELHONORABLE CONCEJO DE DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES, ACUERDA SANCIONA:
La
siguiente

 

 

ORDENANZA N°1.640/96.-

 

ARTICULO 1°: Apuebase por Contribución de Mejoras
el financiamiento de las Obras Públicas ejecutadas y a ejecutar por el
Departamento Ejecutivo Municipal en los Expedientes. Nros. 4029-594/94 (Legajo
nro. 3.813); 4029-2669/95 (Legajo nro. 3.819); 4029-2226/95 (Legajo nro.
3.847/95) 4029-2798/94 (Legajo nro.3.873, todos de desagües Cloacales;
4029-626/95 (Legajo nro. 3.889) Cordón Cuneta en Rawson 2da. Etapa;
4029-3833/95 3.775)Obra de Pavimentación; Legajo nro. 3.439, Concediendo el uso
del espacio aéreo y subterráneo Telefónica de Argentina S.A., los que forman
parte de la presente Ordenanza.——–

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN ASAMBLEA DE CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES, A
LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-