ELHONORABLE CONCEJO DE DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES, ACUERDA SANCIONA: La
siguiente
ORDENANZA N°1.645/96.-
ARTICULO 1°: Autorizase al Señor Intendente
Municipal del Partido de Chacabuco, a suscribir convenio con el Ministerio de
Salud de la Provincia de Buenos Aires, para la provisión de medicamentos,
conforme expediente nro. 2900-1967/96 de ese
Ministerio.———————————
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-