ELHONORABLE CONCEJO DE DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES, ACUERDA SANCIONA: La
siguiente
ORDENANZA N°1.673/96.-
ARTICULO 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo
Municipal, a celebrar convenio entre la Municipalidad de Chacabuco y el Concejo
de la Familia y Desarrollo Humano, para el otorgamiento de Becas con destino al
funcionamiento de la Casa del Niño "Eva
Perón".—————————————-
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-