ELHONORABLE CONCEJO DE DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES, ACUERDA SANCIONA: La
siguiente
ORDENANZA N°1.679/96.-
ARTICULO 1°: Autorizar la transferencia del
excedente denominado catastralmente como: Circ. I, Sec. A, Mz, 27 Parcela 3-c
compuesto de 1,40 m. de frente y 43,00 m. de fondo a favor del propietario
lindero Don José Luis
Guelli..—————————————————————————————————
ARTICULO 2°: Autorizar al Intendente Municipal a
otorgar la correspondiente escritura traslativa de dominio por ante el Escribano
José Osvaldo Marino, debiendo el beneficiario tomar el cargo total de la
misma.—————————–
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-