ELHONORABLE CONCEJO DE DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES, ACUERDA SANCIONA: La
siguiente
ORDENANZA N°1.683/96.-
ARTICULO 1°: Convalídase el Decreto Municipal Nro.
90/96, por el cual se dispone la creación de un Centro Preventivo
Asistencial.——————————
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-