ELHONORABLE CONCEJO DE DELIBERANTE DE CHACABUCO

ELHONORABLE CONCEJO DE DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES, ACUERDA SANCIONA:
La
siguiente

 

 

ORDENANZA N°1.685/96.-

 

ARTICULO 1°: Autorízase a la Comisión de la
Sociedad de Fomento Barrio San Miguel, a la utilización del espacio público de
la calle que divide quintas y chacras e/ Alte. Brown y Avda. Garay, para la
realización de carreras el día 16 de Junio del cte. año o Domingos siguientes
en caso de suspenderse por
lluvia.—————————————————————————————————–

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-