ELHONORABLE CONCEJO DE DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES, ACUERDA SANCIONA: La
siguiente
ORDENANZA N°1.704/96.-
ARTICULO 1°: Autorizar al Departamento Ejecutivo a
cobrar a la Cooperadora Policial la Tasa del 5% correspondiente a la Tasa de
Rifas, en 5 cuotas de 500 boletas por vez, hasta alcanzar el número de 2.500
boletas.——
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-