ELHONORABLE CONCEJO DE DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES, ACUERDA SANCIONA: La
siguiente
ORDENANZA N°1.731/96.-
ARTICULO 1°: Convalidase el convenio celebrado entre
Dirección Provincial de Hidráulica y esta Municipalidad, relacionada con la
obra: "PROLONGACION ENTUBAMIENTO CALLE SOLIS" de esta
ciudad.———–
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————————
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-