ELHONORABLE CONCEJO DE DELIBERANTE DE CHACABUCO

ELHONORABLE CONCEJO DE DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES, ACUERDA SANCIONA:
La
siguiente

 

 

ORDENANZA N°1.815/96.-

 

 

ARTICULO 1: Autorizase al Departamento Ejecutivo
Municipal, a celebrar convenio entre la Municipalidad de Chacabuco y el Concejo
de la Familia y Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires, para el
otorgamiento del Hogar del Niño "Eva
Perón".——————————————————————–

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.-