EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

 

 

ORDENANZA 1836/97

 

 

 

ARTICULO 1: Aprobar en general y en particular el
Acto de acuerdo firmado entre Municipalidad y la Cooperativa Eléctrica de
Chacabuco Ltda.—————————–

 

ARTICULO 2º : Comuníquese al Departamento ejecutivo
Municipal e Inscríbase .-

 

DADO: EN LA SAL DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES ENERO DEL AÑO NOVENTA Y
SIETE .-