EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
ACUERDA Y SANCIONA : la siguiente
ORDENANZA 1845/97
ARTICULO 1º: Autorizase a la Escuela Nº 3 a la utilizar el espacio
público comprendido en la Av. Urquiza e/ Catamarca y Av. Lamadrid, los días
8,9,y 10 de noviembre del cte. año de 21,00hs. a 0,2 hs-.-
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES ABRIL DEL AÑO NOVENTA
Y SIETE.-