EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO,
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA : la
Siguiente
ORDENANZA 1848/97
ARTICULO 1º: Facultase al Departamento Ejecutivo
Municipal a adherir a la Ley Provincial Nº 11.663 y su Decreto Reglamentario
Nº 187/96..——————————
ARTICULO 2º: Facultase al Departamento Ejecutivo a
suscribir convenios con el IVBA, para el inmediato proceso Escritutario según
el Artículo 7º del Decreto Nº
187/96.———————————————————————————————–
ARTICULO 3º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES ABRIL DEL AÑO NOVENTA
Y SIETE..-
.-