EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA 1851/97
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo
Municipal a aceptar la transferencia a titulo gratuito efectuada por el
Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires de una fracción de
terreno identificada como : Nomenclatura Catastral: CIRC .I. Secc : F Qta.
428- Pla.1 Inscripción de Dominio Folio37/1980 cuyas medidas, linderos y
superficie, surgen del Plano de Mensura correspondiente .-
ARTICULO 2º: Dónase al Club Atlético General San
Martín, entidad de Bien Público Nº 013, personería Jurídica Nº 1061/72 de
la ciudad de Chacabuco, el inmueble que hace referencia el articulo anterior.-
ARTICULO 3º: Impónese el cargo a la entidad
donataria que deberá destinar el inmueble donado a fines de esparcimiento,
actividades deportivas y recreativas de uso colectivo. En caso de incumplimiento
caducará automáticamente la donación reincorporándose el inmueble al dominio
municipal.-
ARTICULO 4º: El cargo impuesto en el Articulo
anterior deberá hacerse constar expresamente en el acto notoria que se
instrumente .-
ARTICULO 5º: El Departamento Ejecutivo Municipal
realizará las gestiones a fin de instrumentar el acto con intervención de la
Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase .-
DADO: EN LA SAL DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES ABRIL DEL AÑO NOVENTA
Y SIETE.-
.-