EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

ORDENANZA 1851/97

 

 

ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo
Municipal a aceptar la transferencia a titulo gratuito efectuada por el
Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires de una fracción de
terreno identificada como : Nomenclatura Catastral: CIRC .I. Secc : F – Qta.
428- Pla.1 Inscripción de Dominio Folio37/1980 cuyas medidas, linderos y
superficie, surgen del Plano de Mensura correspondiente .-

ARTICULO 2º: Dónase al Club Atlético General San
Martín, entidad de Bien Público Nº 013, personería Jurídica Nº 1061/72 de
la ciudad de Chacabuco, el inmueble que hace referencia el articulo anterior.-

 

ARTICULO 3º: Impónese el cargo a la entidad
donataria que deberá destinar el inmueble donado a fines de esparcimiento,
actividades deportivas y recreativas de uso colectivo. En caso de incumplimiento
caducará automáticamente la donación reincorporándose el inmueble al dominio
municipal.-

 

ARTICULO 4º: El cargo impuesto en el Articulo
anterior deberá hacerse constar expresamente en el acto notoria que se
instrumente .-

 

ARTICULO 5º: El Departamento Ejecutivo Municipal
realizará las gestiones a fin de instrumentar el acto con intervención de la
Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-

 

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase .-

 

DADO: EN LA SAL DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES ABRIL DEL AÑO NOVENTA
Y SIETE.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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