EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
ACUERDA Y SANCIONA :
la siguiente

ORDENANZA 1852/97

 

 

ARTICULO 1º: Autorízase a LA Cooperadora de la
Escuela Nº 11 de la Localidad de Rawson, el uso del espacio público según
croquis adjunto a la presente Ordenanza, el día 4 de Mayo del año mil
novecientos noventa y siete a partir de las 10:30 hs.——-

 

ARTICULO 2º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase .-

 

DADO: EN LA SAL DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES ABRIL DEL AÑO NOVENTA
Y SIETE.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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