EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA : la siguiente
ORDENANZA 1863/97
ARTICULO 1º: Autorizase a la Asociación Cooperadora
del Jardín de Infantes Nº 912 la utilización del espacio publico en calle
Villegas e/ Santa Fe y Entre Ríos de esta ciudad, el próximo 8 de junio de
1997 desde las 13,30 hs. hasta las 20,00 hs.
—————————————————————————————–
ARTICULO 2º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal inscríbase
.—————————————————————————————-
DADO : EN LA SALa DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS CINCO DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO NOVENTA Y
SIETE..-
.-