EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA : la siguiente
ORDENANZA 1865/97
ARTICULO 1º: Autorizase a la Cooperadora del
Jardín de Nº 911 de la localidad de Cucha Cucha, la utilización del espacio
publico de 2 (dos) cuadras en el acceso pavimentado de dicha localidad, el día
sábado 21 de junio del cte año a partir de las 14,00 hs hasta las 19:30 hs.
aproximadamente.—————–
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal inscríbase .-
DADO: EN LA SALa DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS CINCO DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO NOVENTA Y
SIETE.-
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