EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA : la siguiente
ORDENANZA 1881 /97
ARTICULO 1º: Ratificase en General los
términos de la Ordenanza Nº 1.797/96, por la cual se crea el Coro Municipal de
Adolescentes.——————–
ARTICULO 2º : Modificase el Articulo 3º de la
Ordenanza mencionada en el artículo 1º, el que quedará redactado de la misma
manera: "ARTICULO 3º: asignaciones en monto y forma, una remuneración
equivalente a la percibida por el Director del Coro Polifónico
municipal".———————————————-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal inscríbase
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DADO : EN LA SALa DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS TRES DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO NOVENTA Y
SIETE..-
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