EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA : la siguiente
ORDENANZA 1887 /97
ARTICULO 1: Crease en el Municipio de Chacabuco un Programa destinado a
fomentar un Policial de Forestación, cuyo objetivo en plantar un árbol por
cada nacimiento que se registre en el Registro Provincial de las Personas del
Partido de
Chacabuco.————————————————————————————–
ARTICULO 2º : Dicho programa será desarrollado por
el área competente del Departamento Ejecutivo, con participación de Escuelas
del Partido de Chacabuco y la Comisión y la Comisión de Ecología del
Honorable Concejo
Deliberante.—————————————————————————-
ARTICULO 3º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal inscríbase .-
DADO : EN LA SALa DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS TRES DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO NOVENTA Y
SIETE
.-