EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA : la siguiente
ORDENANZA 1888 /97
ARTICULO 1: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a abonar al
Señor Domingo Esteban Bello LE. 4.937.208 la suma de Pesos Ocho Mil Cincuenta y
Seis con diez centavos,(8.056.10) en concepto de bonificación Esp. Art. 101de
la Ordenanza Nº 941/90.-
ARTICULO 2º :. El gasto que demande la presente Ordenanza se imputará a :
70.4.0.00.0.0. Deuda Flotante.-
ARTICULO 3º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal inscríbase .-
DADO : EN LA SALa DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO A LOS TRES DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO NOVENTA Y
SIETE
.-