EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA : la siguiente
ORDENANZA Nro. 1.955/97..-
ARTICULO 1º: Derogase el inciso 24, del Artículo
28º, Capítulo 9º de la Ordenanza Impositiva
1.641/96..—————————————————————
ARTICULO 2º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase..——————————————————————————————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISÉIS DIAS DEL MES DE OCTUBRE, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE..-
.-