EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO Y SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la
siguiente

 

 

 

ORDENANZA N° 2.013/98.-

 

 

ARTICULO: 1°: Se la Ordenanza Municipal N° 1.802/96.———————

 

ARTICULO 2°: Se autoriza al Departamento Ejecutivo
Municipal a celebrar Contrato de Concesión Municipal para la prestación del
servicio eléctrico, con la Cooperativa de Electricidad de Coronel Mon Ltda., en
la zona indicada en plano obrante fs. 3 del expediente 4029-3540/96, abarcando
un sector del cuartel VI entre limites de Alberti, Chivilcoy y Ruta Provincial
N° 30 y un pequeño sector del cuartel VII entre Ruta Provincial N° 30 y
limite con Chivilcoy, conforme requerimientos de la Ley N° 11.769, su
reglamentación (Dto. N° 1208/97) y demás normas particulares reguladoras de
las actividades de generación, transporte y distribución de la manera energía
eléctrica en la Provincia de Buenos
Aires.——————————————————————————————-

 

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISEIS DIAS DELMES DE ABRIL DEL AÑO
NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-