EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO Y SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la
siguiente

 

 

 

ORDENANZA N° 2.036/98.-

 

ARTICULO: 1°: Convalídase el Decreto Municipal N°
287/98 de fecha 5 de Junio del cte. Año, por el cual se dispone otorgar
anticipo Jubilatorio y subsidio a ex agentes
municipales.—————————————————-

 

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO
NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-