EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO Y SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la
siguiente

 

 

 

ORDENANZA N° 2.084/98.-

 

ARTICULO: 1°: Otorgase el uso del espacio público
comprendido por la Avenida Alsina entre Belgrano, San Martín y Cervantes –
Zapiola, con exclusión de las bocacalles, de sus extremos, al Centro de
Aprendizaje y Difusión y Unión Vecinal Barrio Parque Chacabuco, para la
realización de los Corsos Año
1.999.———————————————————————

 

ARTICULO 2°: La autorización del artículo
precedente corresponde a los días 6, 7, 13,14, 20, y 21/02/99 en el horario de
21:00 horas a 01:00
horas.——————————————————————————————

 

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO
MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-