EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO Y SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la
siguiente

 

 

 

ORDENANZA N° 2.097/98.-

 

 

ARTICULO: 1°: Derógase en todos sus términos la
Ordenanza nro. 417/86, por la cual se disponía la donación del inmueble
Nomenclatura Catastral, Curc.: I, Sec.: F, Quinta: 432 Inscripción de Dominio
Folio 84/74, a la firma "Cirigliano S.A." y toda otra destinada a tal
fin.—————

 

ARTICULO 2°: Autorizar al Departamento Ejecutivo
Municipal a iniciar gestiones con la firma "Cirigliano S.A."
tendientes a la recuperación del inmueble, sean estas extrajudiciales y/o
judiciales, pudiendo para tal fin requerir los servicios técnicos profesionales
que no cuente el Municipio.—

 

ARTICULO 3°: El Departamento Ejecutivo Municipal,
elevará informe mensual sobre el estado juicial y/o extrajudicial de esta
causa.—————-

 

 

ARTICULO 4°: Que el Departamento Ejecutivo en las
gestiones que se le autorizan por la presente garantice:

 

a)- la preservación de una fuente de trabajo para el
personal residente en Chacabuco;

 

b)- un destino cierto para el inmueble superador del
actual.

 

ARTICULO 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————–

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, AL PRIMER DIA DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-