EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO Y SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la
siguiente

 

 

 

ORDENANZA N° 2.124/98.-

 

 

ARTICULO: 1°: Declárese de utilidad y pago
obligatorio para los propietarios ó poseedores a título de dueño con frente a
la obra, la ampliación de la red de desagües cloacales en las siguientes
calles:

 

BELGRANO e/ Viamonte y Duberthy (impar).-

BELGRANO e/ Duberty y Rocha (impar).-

F. OLDEN e/ Corrientes y Entre Ríos (impar).-

PINTOS e/ Italia y Sgo. Del Estero (impar).-

AV. GARAY e/ Viamonte y Azcuenaga (par).-

CERVANTES e/ Brandsen y Cnol. Suarez (par).-

ZAPIOLA e/ Sgto. Cabral y Espora (par).-

CNL. SUAREZ e/ Belgrano y Rivadavia (impar).-

BALCARCE e/ Corrientes y Av. Solís (impar).-

NUEVE DE JULIO e/ Uspallata y Velez Sarsfiel (par).-

VELEZ SARSFIELD e/ Belgrano y Ate. Brown (impar).-

ALTE. BROWN e/ Velez Sarsfield y Gutierrz (par).-

A. Dominguez e/ Av. Alsina y Primera Junta (mpar).-

 

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————–

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN ASAMBLEA DE CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES A
LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y
OCHO.-