EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO Y SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la
siguiente
ORDENANZA N° 2.135/98.-
ARTICULO: 1°: Autorízase a la Empresa Chacabuco
refrescos S.A., a la realización de cuatro perforaciones para la extracción de
muestras de agua de acuerdo a las características técnicos y en los lugares
detallados en la solicitud efectuada, mediante Expte. nro. 4.536/98 para cumplir
con la normativa vigente respecto a la evaluación del impacto ambiental.
Asimismo dichas perforaciones deberán ser debidamente señalizadas.—-
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO
MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-