EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA 2.168/99
ARTICULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo
Municipal a celebrar convenio con el Ministerio de Salud de la Provincia de
Buenos Aires, para la formación de recursos humanos en salud, a través del
Sistema de Residencia para Profesionales de la Salud que forma parte de la
presente Ordenanza.———————-
ARTICULO 3º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase .–
DADO: EN LA SALA DE SESIONES
DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRES DIAS DEL MES DE JUNIO
DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.-