EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

ORDENANZA 2.178/99

ARTICULO 1º: Eximir por única vez y por vía de
excepción del pago del derecho a los Espectáculos Públicos al Centro
Tradicionalista " El Mojón", por la jineteada a realizarse el día
domingo 11 de julio de Cte. año.——————————————–

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase .—

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES
DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, AL PRIMER DIA DEL MES DE JULIO
DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.-