EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA 2.178/99
ARTICULO 1º: Eximir por única vez y por vía de
excepción del pago del derecho a los Espectáculos Públicos al Centro
Tradicionalista " El Mojón", por la jineteada a realizarse el día
domingo 11 de julio de Cte. año.——————————————–
ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase .—
DADO: EN LA SALA DE SESIONES
DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, AL PRIMER DIA DEL MES DE JULIO
DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.-