EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA 2.210/99
ARTICULO 1º: Autorízase a los integrantes de la
Asociación Cooperadora Escuela de Actividades Culturales, la realización del
espacio público paral la colocación de un kiosco en Plaza San Martín, los
días 24 y 25 de agosto de 1999, dentro del marco del Espectáculo denominado
"Caravana Cultural".————————————————
ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo a través del
área que corresponda, cederá el lugar del kiosco mencionado en el Art. 1º y
su encuadramiento en la normativa
vigente.———————————————————————————————-
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase .—
DADO: EN LA SALA DE SESIONES
DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOCE DIAS DEL MES AGOSTO
DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.-