EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

ORDENANZA 2.211/99

 

ARTICULO 1º: Autorízase a los integrantes de la
Cooperadora del CEF N° 20, la utilización del espacio público de la Av.
Solís entre Olavarría y Av. Vieytes el día lunes 16 de Agosto de 1999 a
partir de las 14:00 con motivo de celebrar el Día del
Niño.————————————————————————————————-

 

ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo deberá
arbitrar los medios necesarios para el ordenamiento alternativo del
tránsito.————————————————–

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase .—

DADO: EN LA SALA DE SESIONES
DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOCE DIAS DEL MES AGOSTO
DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.-