EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

ORDENANZA 2250 /99

 

ARTICULO 1º: Declárese de utilidad pública y pago
obligatorio para los propietarios o poseedores a titulo de dueño con frente a
la obra, la realización de la obra : Ejecución de cordón cuneta de hormigón
en siete (7) cuadras y cinco (5) bocacalles de la localidad de Rawson (Partido
de Chacabuco), conforme al siguiente detalle :

 

CALLES:

Belgrano e/ 9 de julio y Cirilo Sangiani

Belgrano e/ Cirilo Sangiani y B. Mitre

Cirilo Sangiano e/ Moreno y Belgrano

Cirilo Sangiano e/ Belgrano y Alte Brown

Cirilo Sangiani e/ Urquiza y Av. Buenos Aires

Urquiza e/ Cirilo Sangiani y Mitre

B. Mitre e/ Moreno y Belgrano

BOCACALLES

 

Belgrano y Cirilo Sangiani

Belgrano y Mitre

C. Sangiani y Av. Buenos Aires

C. Sangiani y Urquiza

Urquiza y Mitre

 

ARTICULO2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.——–

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN ASAMBLEA DE CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES, A
LOS CATORCE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.-