EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

ORDENANZA 2253 /99

 

ARTICULO 1º: Declárese de utilidad pública y pago
obligatorio para los propietarios o poseedores a titulo de dueño con frente a
la obra, la ampliación de la red de desagües cloacales en las siguientes
calles :

 

BARRIO UBALDO MARTINEZ :

Avellaneda e/ Artigas y Roca (acera par) 2 cuadras.-

Padre Doglia e/ Artigas y Roca (ambas aceras) 2 cuadras.-

Artigas e/ Avellaneda y Av. Saavedra (acera par) 2 cuadras.-

G. Nacional e/ Avellaneda y Av. Saavedra ( ambas aceras) 2 cuadras.-

Av. Saavedra e/ Gral. Artigas y Roca (acera impar) 2 cuadras.-

Roca e/ Avellaneda y Av. Saavedra (acera par) 2 cuadras

Padre Doglia e / artigas y Paso (acera par ) 2 cuadras.-

BARRIO LAS PALMERAS

Av. Elguea Román e/ Arce y Barón (acera par) 1 cuadra

L. N. Alen e/ Dr. Fernández y M. Barón (ambas Aceras) 2 cuadras

Pellegrini e/ Fernández y M. Barón (acera impar) 2 cuadras

Dr. Fernández e/ Pellegrini y Av. Elguea Román (ambas aceras) 2 cuad.

Arce e/ Pellegrini y Av. Elguea Román( ambas aceras) 2 cuadras

M. Baron e/ Pellegrini y Av. Elguea Román (acera par) 2 cuadras

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al
Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.——-

 

 

 

 

DADO: EN LA
SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN ASAMBLEA DE
CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL
AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.-