EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

ORDENANZA 2261/99

 

ARTICULO 1º: Autorizar al Departamento Ejecutivo
Municipal, a la utilizar la suma de hasta Pesos Ciento Veinte Mil (120.000),
provenientes del TIUS, paral a construcción de la Colectora Cloacal Zona Este y
la extensión de la red domiciliaria en Barrio Las Palmeras y Zona adelañas
Escuela Nº 2 de nuestra ciudad
.———————————————————————————-

 

ARTICULO 2º: La suma necesaria para la realización
de la obra, se autoriza en carácter de préstamo y será restituido al Fondo
Solidario del TIUS, en cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales, iguales y
consecutivas a partir del presupuesto del año
2000.————————————————

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.————————-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CHACABUCO, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS
NOVENTA Y NUEVE .-