EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

ORDENANZA
2279/99

 

ARTICULO 1°: Autorizar a la
Cooperativa Eléctrica de Previsión de Servicios Públicos de O´Higgins, la
utilización del espacio publico para el zanjeo que demande la obra de Gas
Natural aprobada por Ordenanza Nº 2.248/99.——————————-

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.——-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CHACABUCO, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS
NOVENTA Y NUEVE .-