EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

ORDENANZA NRO. 2.296 /2000.-

 

ARTICULO 1°: Autorízase a los Integrantes de
Músicos Unidas de Chacabuco, la utilización del espacio público frente al
Palacio Municipal, los días 3,4 y 5 de marzo del cte. año a partir de las
21:00 hs. hasta las 3 hs., para desarrollar el VII Festival Provincial de Tango
y Folklore.——-

 

 

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e

inscríbase.———————————————————————————-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL.-