EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA NRO. 2.302 /2000.-
ARTICULO 1°: Rescindir el contrato de comodato de
fecha 28/12/98, a favor de Jorge Alberto GAYOSO L.E. 4.548.229, por el cual se
otorga el uso y goce del inmueble que se encuentra ubicado en la localidad de
Rawson, Parido de Chacabuco, caracterizado catastralmente como:
Circunscripción: VII, Sección: E, Manzana: 45, Parcela: 19 a, partida
inmobiliaria
18.198.———————————————————————–
ARTICULO 2°: Conceder contrato de comodato a la
firma J.F. 2000 S.A., bajo las mismas condiciones establecidas en el acordado el
28 de diciembre de 1998 entre el Señor Jorge Alberto CAYOSO y la Municipalidad
de Chacabuco por el inmueble nomenclatura catastral: circunscripción: VII,
Sección: E, Manzana 45; Parcela: 19 a partida Inmobiliaria 18.198, por el
termino de 8 (ocho) años y 9 (nueve) meses.–
ARTICULO 3°: Siguen vigentes las demás cláusulas
de convenio y las obligaciones emergentes. La modificaciones introducidas en los
Artículos 1° y 2° no significa renunciar a exigir el cumplimiento de las
cláusulas del convenio, por el tiempo transcurrido y a transcurrir.———–
ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS
MIL.-