EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

ORDENANZA NRO. 2.327 /2000.-

ARTICULO 1°: Convalidase el Convenio Asistencia
Financiera – Programa Bonaerense V- Sub Programa Mejorar, celebrado con el
Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y esta Municipalidad
del día 19 de octubre de 1999.————————————-

 

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e

inscríbase.———————————————————————————-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL.-