EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA NRO. 2.353/2000.-
ARTICULO 1°: Autorízase a la Cooperadora de la
Escuela N° 1, a realizar una pollada y venta de chorizos el día de Mayo de
2000 a partir de las 9:00 hs. frente al edificio de dicha
escuela.——————————-
ARTICULO 2°: El Honorable Concejo Deliberante deja
expreso que el Departamento Ejecutivo Municipal no se responsabiliza de
accidentes, siniestros o cualquier inconveniente que se produzca dentro del
predio donde realizará tal evento. Solicitando a los organizadores tomen los
recaudos suficientes en materia de seguridad.———————————–
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS
MIL.-