EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

ORDENANZA NRO. 2.354/2000.-

ARTICULO 1°: Autorizar a la Sociedad de Fomento de
O’Higgins para la utilización de espacio público en el Cementerio de O’Higgins
con el objeto de construir un Monolito para recordar a directivos y socios
fallecidos de la
entidad.—————————————————————–

 

ARTICULO 2°: La ubicación y dimensiones deberán
ser Acordadas con el Departamento Ejecutivo a través de la Secretaría de Obras
Públicas.–

 

 

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e

inscríbase.———————————————————————————-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS
MIL.-