EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA NRO. 2.396 /2000.-
ARTICULO 1°: Prorrógase a partir del 1 de Julio del
corriente año y por el lapso de un a los términos de la Ordenanza 2.194/99,
relacionada con el uso del espacio público en la Plaza Gral. Paz de
Chacabuco.——-
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL.-