EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

ORDENANZA NRO. 2.396 /2000.-

ARTICULO 1°: Prorrógase a partir del 1 de Julio del
corriente año y por el lapso de un a los términos de la Ordenanza 2.194/99,
relacionada con el uso del espacio público en la Plaza Gral. Paz de
Chacabuco.——-

 

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e

inscríbase.———————————————————————————-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL.-