EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO, DE SUS ATRIBUCIONES
ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA NRO. 2.441/2000.-
ARTICULO 1°: Autorízase a la Juventud Peronista de
Chacabuco a utilizar el espacio público de la calle Ituzaingó e/Bernardo de
Yrigoyen y Quintana, para el día 26 de agosto del 2000 durante el horario de
19:00 hs. 24:00 hs.————
ARTICULO 2°: Solicítase a los vecinos, comuníquese
al Departamento Ejecutivo a efectos del control sobre el desarrollo de
actividades dentro del espacio público
concedido.———————————————————————-
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e
Inscríbase.——————————————————————————————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DE HONORABLE CONCEJO DE
LIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS
MIL.