EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO, DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

ORDENANZA NRO. 2.452/2000.-

ARTICULO 1: Las calles Chacabuco y Buenos Aires entre
Balcarce y Ruta 42 de la localidad de Rawson serán mano únicamente hacia la
mencionada Ruta.-

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
Inscríbase.——————————————————————————————-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DE HONORABLE CONCEJO DE
LIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL.-