EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO, DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

ORDENANZA NRO. 2.455/2000.-

ARTICULO 1: Autorízase a las Sociedades de Fomento
Obras Sanitarias Sector Oeste, Ubaldo Martínez y Barrio U.O.C.R.A., al cierre
de la calle Reconquista e/San Martín y Puyrredon para el día 6 de octubre de
2000.———

 

ARTICULO 2°: Comuníquese por parte de los
solicitante al Departamento Ejecutivo Municipal, con el fin de acatar las
normativas vigentes sobre las actividades a desarrollase dentro del espacio
cedido.———————————–

 

 

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
Inscríbase.——————————————————————————————-

 

 

DADO: EN EL CLUB DE O’HIGGINS DE LA LOCALIDAD DE
O’HIGGINS, PARTIDO DE CHACABUCO, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL
AÑO DOS MIL.-