EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO, DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA NRO. 2.455/2000.-
ARTICULO 1: Autorízase a las Sociedades de Fomento
Obras Sanitarias Sector Oeste, Ubaldo Martínez y Barrio U.O.C.R.A., al cierre
de la calle Reconquista e/San Martín y Puyrredon para el día 6 de octubre de
2000.———
ARTICULO 2°: Comuníquese por parte de los
solicitante al Departamento Ejecutivo Municipal, con el fin de acatar las
normativas vigentes sobre las actividades a desarrollase dentro del espacio
cedido.———————————–
ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
Inscríbase.——————————————————————————————-
DADO: EN EL CLUB DE O’HIGGINS DE LA LOCALIDAD DE
O’HIGGINS, PARTIDO DE CHACABUCO, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL
AÑO DOS MIL.-