EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO, DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

ORDENANZA NRO. 2.458/2000.-

ARTICULO 1: Condónase la deuda por Tasa de Barrido,
Limpieza y Conservaciones de Vía Pública, del inmueble sito en la calle
Almafuerte 111 de la localidad de Chacabuco, propiedad del Señor, SALVADOR
Dugo, desde la 1° cuota del año 1994 hasta 6° cuota del año
1996.————————————–

 

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
Inscríbase.——————————————————————————————-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DE HONORABLE CONCEJO DE
LIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL.-