EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO, DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA NRO. 2.458/2000.-
ARTICULO 1: Condónase la deuda por Tasa de Barrido,
Limpieza y Conservaciones de Vía Pública, del inmueble sito en la calle
Almafuerte 111 de la localidad de Chacabuco, propiedad del Señor, SALVADOR
Dugo, desde la 1° cuota del año 1994 hasta 6° cuota del año
1996.————————————–
ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
Inscríbase.——————————————————————————————-
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DE HONORABLE CONCEJO DE
LIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL.-