EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO, DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:

ORDENANZA NRO. 2.479/2000.-

ARTICULO 1: Autorízase a
APRID al uso del espacio público comprendido en la calle Reconquista entre San
Martín y Pueyrredón de nuestra ciudad, para la realización del PRIMER
FESTIVAL INCLUSION
, para el día 25 de noviembre de
200.————————————————————————————————

 

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.——————————————————————————————-

 

 

 

DADO: EN LA SALA DE SEIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL.-