EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO, DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente
ORDENANZA NRO. 2.495/2000.-
ARTICULO 1: Autorízase, al Club S. y D. Defensores
de Rawson, al uso del espacio público comprendido por las calles Saavedra y San
Lorenzo para el día 5 de Noviembre del 2000 ente las 10:00 Hs. y las 19:00
Hs.—————————
ARTICULO 2°: De suspenderse por factores climáticos
se autoriza en las misma condiciones para el día 12 de Noviembre del
200.——————————
ARTICULO 3°: Comuníquese, al D.E. Municipal por
parte de los solicitantes, con el fin de acatar las normativas vigentes sobre
las actividades a desarrollarse en dicho espacio
público.——————————————————
ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.——————————————————————————————-
DADO: EN EL CLUB SARMIENTO DE LA LOCALIDAD DE RAWSON,
PARTIDO DE CHACABUCO, A LOS DOS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL.-